Marco Legal relacionado con el desarrollo de la biotecnología moderna en Guatemala
Los principales instrumentos jurídicos y estudios técnicos vinculados con la bioseguridad se presentan para dar a conocer la complejidad y amplitud de aspectos que abarca y la diversidad de temáticas asociadas. Así mismo se divulgan los esfuerzos institucionales promovidos desde la suscripción del Protocolo de Cartagena en agosto 2004.
Propuesta
de
Ley de Seguridad de la Biotecnología Moderna para Guatemala (julio
2004)
En el marco del Proyecto GUA/02/G21 “Desarrollo del Marco Nacional de Seguridad de la Biotecnología para Guatemala” impulsado por el CONAP a través de la Oficina Técnica de Biodiversidad, este documento expone la propuesta de los planteamientos que desde el enfoque técnico debiera incluir “una Ley de Seguridad de la Biotecnología Moderna para Guatemala”, rescatando un proceso articulado, desarrollado entre noviembre 2002 y julio 2004, de amplia consulta y participación activa de diferentes actores de la sociedad civil y el gobierno (22 talleres). En esencia, el mismo constituye el producto final del citado proyecto, el cual fue desarrollado para consolidar las capacidades nacionales para la instrumentalización del Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad y también incluyó el Comité Nacional de Coordinación de Bioseguridad –CNCB-, conformado por el MAGA, MARN, MINEX, MSPAS, MINEDUC, CONAP, CONCYT, Academia, Mesa Nacional Alimentaria y varios representantes de la sociedad civil y encargado de asesorar y supervisar porque esta propuesta de Ley reflejara los intereses del Estado, sobre todo respecto a protección de salud humana y medio ambiente.
El presente trabajo se estructura a partir de un inventario y análisis de la normativa vigente, de manera a integrar una síntesis que parte del contenido del Protocolo de Cartagena, sobre seguridad de la biotecnología moderna. Por una parte, el inventario contiene distintos “marcos jurídicos” con la transcripción de los textos legales y una fase analítica de la explicación de los contenidos. Por otra parte, el análisis crítico de la normativa se centra en analizar y verificar la coherencia consigo misma y la relación con el marco normativo general vigente en el país para determinar su coherencia. Dada la importancia de determinar si la legislación vigente cubre las necesidades del país, se utilizó la metodología “Semáforo – Vasp”, con la finalidad de comparar con una línea de base. En esencia, el propósito de este estudio fue encontrarle respuestas a preguntas relacionadas con la vigencia de las leyes, sistemas jurídicos e instituciones en materia de seguridad de la biotecnología, las entidades estatales competentes en el tema de OVMs, sus niveles de competencia y responsabilidades, entre otras. Considerando las aplicaciones de la biotecnología moderna en la agricultura, bioreparación, industria, medicina, etc., el enfoque se dirigió especialmente a la regulación de sus aplicaciones en los aspectos siguientes: importación y exportación, movimiento transfronterizo, comercialización, desarrollo y consumo de OVMs a nivel nacional.
Acuerdo Gubernativo No. 791-2003. Normativa sobre la Política Marco de Gestión Ambiental (diciembre 2003)Desde diciembre 2003, este Acuerdo Gubernativo establece un marco de referencia de carácter nacional en materia de gestión ambiental, partiendo desde los principios rectores e incluyéndose los fines, áreas de política, ejes de acción, ámbitos temáticos, políticas básicas, aspectos relativos a evaluación y observancia.
Bajo el marco del Convenio sobre Diversidad Biológica, el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología se compone de un texto que parte del objetivo de “contribuir agarantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, y centrándose concretamente en los movimientos transfronterizos.” El contenido del Protocolo se integra de 40 artículos y tres anexos, los cuales establecen el objetivo central y los aspectos y planteamientos relacionados con disposiciones generales; términos utilizados; tránsito y uso confinado; procedimientos para organismos vivos modificados (OVM) empleados como alimento humano o para procesamiento; acuerdos bilaterales, regionales y multilaterales; evaluación y gestión del riesgo; movimientos transfronterizos y medidas de emergencia; manipulación, transporte, envasado e identificación; autoridades competentes; concienciación y participación pública; recursos financieros, entre otros.
